Secretaría de las Mujeres

Gobierno del Estado de México

Transparencia

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, en su artículo 3 fracción XLIV define la “Unidad de Transparencia” como aquella establecida por los sujetos obligados para ingresar, actualizar y mantener vigente las obligaciones de información pública en sus respectivos portales de transparencia, así como la responsable de tramitar las solicitudes de acceso a la información pública, sin embargo, la Unidad de Transparencia no se limita únicamente a publicar en los portales de Transparencia.

 

 

FUNCIONES.
 

De conformidad con el artículo 53 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y 90 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, las funciones principales de la Unidad de Transparencia son las siguientes:

 

  •   Actualizar el portal de Información Pública de Oficio Mexiquense (IPOMEX) hipervinculado con la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

  •   Recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, mediante el Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX) y de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales (ARCO), mediante el Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México (SARCOEM).

  •    Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus respuestas, resultados, costos de reproducción y envío, resolución a los recursos de revisión que se hayan emitido en contra de sus respuestas y del cumplimiento de las mismas.

  •    Presentar ante el Comité, el proyecto de clasificación de información.

  •    Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado.

  •    Asesorar y capacitar a las áreas de la Secretaría de las Mujeres en materia de protección de datos personales.

  •    Asesorar a las Unidades Administrativas en la actualización del Registro de Sistemas de Datos Personales del Estado de México REDATOSEM.

 

SAIMEX.

El Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX) es el medio electrónico a través del cual se formulan las solicitudes de información pública y se interponen los recursos de revisión.

https://www.saimex.org.mx/saimex/ciudadano/login.page

 

SARCOEM.

Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México, es la plataforma digital mediante la cual se formulan las solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales (derechos ARCO) y sus respectivos recursos de revisión.

https://www.sarcoem.org.mx/sarcoem/ciudadano/login.page

Plataforma Nacional de Transparencia PNT.

Es el portal que tiene como objetivo la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable, por lo cual, se encuentra directamente hipervinculado con los portales SAIMEX; SARCOEM e IPOMEX para el Estado de México.

https://www.plataformadetransparencia.org.mx/     

 

IPOMEX.

Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público de manera permanente y actualizada de forma sencilla, precisa y entendible, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo a sus facultades, atribuciones, funciones u objetivo social; según corresponda, la información en temas de transparencia comunes de acuerdo al artículo 92, 93, 94 y 103 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

https://infoem2.ipomex.org.mx/ipomex/#/obligaciones/380

 

DATOS PERSONALES.

Los datos personales se refieren a aquella información de una persona física o jurídico colectiva identificada o que la hace identificable, son parte nuclear de la identidad de un individuo, estos permiten hacer una referencia exacta y objetiva para particularizar a una persona, los cuales están almacenados en sistemas y bases de datos personales.

 

TRANSPARENCIA PROACTIVA.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, en su artículo fracción XLII define a la “Transparencia Proactiva” como el conjunto de actividades e iniciativas ordenadas que van más allá de las obligaciones que marca la Ley y, que tienen como propósito elevar en forma sostenida la publicación de información y bases de datos relevantes en formato de datos abiertos de información pública, que permitan la rendición de cuentas, promuevan la participación activa de la sociedad en la solución de problemas públicos de manera permanente y den respuesta a la demanda.

 

Lo anterior, busca la generación de conocimiento público útil, para disminuir asimetrías de la información, optimizar la toma de decisiones de autoridades o ciudadanos, así como la difusión a los datos estadísticos, que pueden ser consultados a través de la siguiente dirección electrónica:


https://atlasdegenero-semujeres.edomex.gob.mx/

 

 

COMITÉ DE TRANSPARENCIA.

El Comité de Transparencia de conformidad con el artículo 3 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, lo define como aquel cuerpo colegiado que se integra al interior del Sujeto Obligado para resolver sobre la información que deberá clasificarse, así como para atender y resolver los requerimientos de las Unidades de Transparencia y del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM).

La integración del Comité de Transparencia de la Secretaría de las Mujeres puede ser consultado en el portal de Información Pública de Oficio Mexiquense (IPOMEX), específicamente en el artículo 92 fracción XLIIIC en la siguiente dirección electrónica:

https://infoem2.ipomex.org.mx/ipomex/#/info-fraccion/69/380/12

 

El informe de Sesiones, así como las Resoluciones emitidas por el órgano colegiado, pueden ser consultadas en el articulo 92 fracciones XLIII A y B respectivamente en la siguiente dirección electrónica:

https://infoem2.ipomex.org.mx/ipomex/#/info-fraccion/67/380/1
 

https://infoem2.ipomex.org.mx/ipomex/#/info-fraccion/68/380/1